DOS ETAPAS
1era.- La política, las medidas de prevención, la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y la difusión de la información, entraron en vigor el 23 de octubre del 2019.
2da.- La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, las medidas y acciones de control, la práctica de exámenes médicos y los registros, entran en vigor el 23 de octubre del 2020.
ASPECTOS IMPORTANTES
- No existe la obligación de ningún tipo de certificación.
- Las unidades de verificación no son obligatorias.
- La STPS no valida, certifica, aprueba o autoriza a ningún consultor para la aplicación de la NOM.
- La norma no cuenta con instrumentos para identificar o evaluar enfermedades mentales, lo cual está fuera de su alcance.
- Las disposiciones de la NOM aplican de acuerdo con la cantidad de trabajadores que laboran en cada centro de trabajo.
LA NOM NO CONTEMPLA NI ESTABLECE NINGUNA OBLIGACIÓN PARA:
- Utilizar un instrumento para realizar una evaluación psicológica de los trabajadores.
- Aplicar un cuestionario para identificar trastornos mentales.
- Conocer variables psicológicas internas al individuo.
- Medir el estrés de los trabajadores.
Curso recomendado:
Escrito por Adriana
lunes, 27 de enero de 2020 11:51:00 a. m.
Categorías:
Recursos Humanos